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(7/10/2015)

La semana pasada con 50 votos a favor y quórum absoluto, se aprobó en la Legislatura porteña en forma definitiva la ley destinada a regular a los centros culturales de la ciudad de Buenos Aires. Las modificaciones a la ley vigente flexibilizan los requisitos de habilitación y funcionamiento para los pequeños centros culturales autogestivos.

La nueva normativa define como Centro Cultural, en forma mucho más flexible, al “espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquier tipología, que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes”.

Las últimas modificaciones a la ley vigente apuntan especialmente a evitar que los pequeños espacios culturales autogestivos sean tratados con los mismos requisitos que los grandes espacios comerciales, por ejemplo evitándoles onerosos e inútiles estudios de impacto ambiental como requisito para la habilitación.

En este marco, los centros se clasificarán de acuerdo a su capacidad de asistentes en cuatro categorías, cada una con su propia forma de evacuación o egreso: Centros clase A, que podrán albergar hasta 150 personas en una superficie no mayor a los 300 metros cuadrados, clase B para los que van de las 151 personas a las 300 y no poseen una superficie mayor a 500 metros cuadrados, los clase C, que van pueden alojar desde 301 a 500 personas en una superficie no mayor a mil metros cuadrados y finalmente los clase D, que admiten más de 501 personas y poseen una superficie mayor a los mil metros cuadrados.


Fuente: notas.org.ar

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