La semana pasada con 50 votos a favor
y quórum absoluto, se aprobó en la Legislatura porteña en
forma definitiva la ley destinada a regular a los centros
culturales de la ciudad de Buenos Aires. Las modificaciones
a la ley vigente flexibilizan los requisitos de habilitación
y funcionamiento para los pequeños centros culturales
autogestivos.
La nueva normativa define como Centro
Cultural, en forma mucho más flexible, al “espacio no
convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que
se realicen manifestaciones artísticas de cualquier
tipología, que signifiquen espectáculos, funciones,
festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras
con participación directa o tácita de los intérpretes y/o
asistentes”.
Las últimas modificaciones a la ley vigente apuntan
especialmente a evitar que los pequeños espacios culturales
autogestivos sean tratados con los mismos requisitos que los
grandes espacios comerciales, por ejemplo evitándoles
onerosos e inútiles estudios de impacto ambiental como
requisito para la habilitación.
En este marco, los centros se clasificarán de acuerdo a su
capacidad de asistentes en cuatro categorías, cada una con
su propia forma de evacuación o egreso: Centros clase A, que
podrán albergar hasta 150 personas en una superficie no
mayor a los 300 metros cuadrados, clase B para los que van
de las 151 personas a las 300 y no poseen una superficie
mayor a 500 metros cuadrados, los clase C, que van pueden
alojar desde 301 a 500 personas en una superficie no mayor a
mil metros cuadrados y finalmente los clase D, que admiten
más de 501 personas y poseen una superficie mayor a los mil
metros cuadrados.
Fuente: notas.org.ar
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