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La propuesta de la Multisectorial Audiovisual para la reactivación de la industria
La propuesta de la Multisectorial Audiovisual para la reactivación de la industria

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(27/09/19) Como corolario del encuentro que se llevó a cabo esta semana en Buenos Aires donde participaron los principales referentes de la industria,  la Multisectorial Audiovisual elaboró un documento tendiente a reactivar la actividad del sector.

 

100 DÍAS PARA LA REACTIVACIÓN PRODUCTIVA DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL ARGENTINA

1) Defensa y reactivación de la Televisión pública abierta, libre y gratuita con total acceso a la población en todo el territorio Argentino, haciendo accesible a un público masivo los contenidos audiovisuales de producciones nacionales.

2) Efectivización de cuotas de pantallas para la producción local, regional y nacional en todas las televisoras del país, señales y canales, acorde las características poblacionales y sus licencias obtenidas según cada región.

3) Obligatoriedad para las empresas que realicen servicios de televisión y/o transmisión audiovisual de cualquier tipo (Aire, Cable, Satélite, Streaming u otras), en territorio Argentino a un % 20 de producción nacional, local y regional, de producción propia, coproducción o producción independiente, en carácter de estreno, en sintonía con lo resuelto por los países de la Comunidad Europea y acorde a la licencia que explota en nuestro territorio nacional y su correspondiente tipo de contenido, especialmente ficción nacional, regional y local.

4) Plena vigencia de la Ley de Fomento y Regulación de la Actividad Cinematográfica mediante el fiel cumplimiento de todas sus normas por parte del Instituto Nacional de Cine y Artes audiovisuales como órgano autónomo de aplicación. Designación y pleno funcionamiento del Consejo Asesor, órgano de co-gobierno y contralor del INCAA, indispensable para su funcionamiento. Para evitar así que un 80%, de los “estrenos” se reduzca a una sola semana, en una única sala y horario, mientras que la ley 17.741 establece cuota de pantalla, media de continuidad y semana completa con todas las funciones. Asimismo, la ley 26.522 de Servicios Audiovisuales, también establece cuota de pantalla en su Artículo 67, aún vigente, para las señales de televisión abierta, que deben estrenar ocho largometrajes nacionales por año, de los que tres pueden ser telefilmes. Los derechos de antena deben ser adquiridos antes del rodaje, estipulando diferentes proporciones para las señales que cubran menos del 20% del país o las que no sean consideradas nacionales, hacer cumplir estas regulaciones con plena vigencia revitalizará las audiencias y el trabajo de todo el sector cinematográfico.

5) Derogación del Artículo 4, incisos “e” e “i”, de la ley 27.432, promulgada el 27/12/2017 para que el INCAA conserve su autarquía y su propio presupuesto anual no sea arbitrariamente asignado por otros organismos del estado.

6) Estamos convencidos de la necesidad de un organismo de Fomento y Promoción para la Televisión, los contenidos audiovisuales, nuevos formatos y la actividad televisiva federal, con gran incidencia en la ficción para todos los soportes y/o plataformas. Estas inquietudes recogidas, reflejadas y sistematizadas se encuentran en el Proyecto de Ley de Televisión y Nuevas plataformas, que bajo el número 3362/17 espera tratamiento en el Senado Nacional.

7) Ampliación del Fondo de Fomento Cinematográfico y asistencia a las obras sociales de los trabajadores de la actividad a través de la sanción y reglamentación de una ley que grave los servicios y negocios anexos y conexos, dependientes de la exhibición cinematográfica en salas.

8) Cumplimiento de cupos de género a acordar por sector audiovisual y ampliación de políticas sobre las variadas problemáticas de género en el ámbito del trabajo y la producción de contenidos audiovisuales.

9) Reconocimiento del Derecho de Autor e intérprete en todas las plataformas creadas o por crearse, contemplados en la ley marco regulatorio de los servicios de comunicación audiovisual y cualquier otra norma a desarrollarse, incluidos los proveedores de conectividad (ISP).

10) Preservación e impulso al trabajo registrado en el sector audiovisual, con plena cobertura social y responsabilidad empresarial sobre los derechos laborales establecidos en la constitución nacional, preservando la salud de las y los trabajadoras/es y su cobertura médica, que ante el ajuste salarial se encuentra en crisis de sustentabilidad.

11) Incorporar a los medios Universitarios (TV, Radio y Plataformas), al plan de producción de los medios públicos con iguales condiciones de producción, financiamiento, derechos autorales y de intérpretes y calidad, capacidad y registro laboral con pleno derecho de las y los trabajadores audiovisuales, respetando las incumbencias profesionales y a las organizaciones del sector con personería gremial.

12) Creación de una política de estado para nuestra cultural federal, sustentable y sostenida en el tiempo, con accesibilidad para todo el territorio argentino equilibrando las asimetrías culturales, económicas y poblacionales que caracterizan a nuestro extenso territorio nacional.

13) Reincorporar al sistema de televisión por suscripción (cable-operadores y señales), en el marco de regulación de los servicios de comunicación audiovisual, respetando los aportes a todos los organismos de fomento y contralor afectados en el artículo 97 de la ley 26.522, dando cumplimiento al artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que reconoce la separación de los medios de comunicación de los medios de telecomunicaciones a la hora de la regulación y protección del trabajo y la identidad cultural. En efecto, la aprobación del artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional obliga al Congreso Nacional a promover y defender el espacio audiovisual nacional en los siguientes términos; “Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales”.

14) Obligatoriedad para las TELCO y OTT de aportes similares a los que efectúan los medios audiovisuales (artículo 96 y 97 de Ley 26.522 vigentes), en razón de que los contenidos son los mismos o de igual conformación aunque se emitan utilizando otras plataformas tecnológicas, protegiendo la accesibilidad del público y la industria cultural nacional. Que las mismas paguen los impuestos nacionales y provinciales vigentes y que la facturación y pago de los abonados sean pesificados, medida que detendrá una importante fuga de devisas de nuestro sistema económico e incrementará los fondos para las producciones audiovisuales (Cine, TV, Radio, Música, Medios Comunitarios y de Pueblos Originarios).

Reconfortados por habernos encontrado en este 4° Congreso Multisectorial por el Trabajo, la Ficción y la Industria Audiovisual Nacional, agradecidos por la participación de representantes de todo el sector audiovisual y la asistencia de un público participativo y democrático, a pesar de las dificultades productivas y económicas que todo el sector atraviesa, confiados en que el año próximo volveremos a vernos con la intención de actualizar nuestra mirada y esperanzados en la voluntad que nos une por nuestra Industria Cultural y en especial la Producción Audiovisual, los saludamos fraternalmente hasta el próximo encuentro.

Por Julio Bonardo para https://actoresonline.com

 

 

 

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