Portada    Noticias    Casting   Talleres   Datos útiles   Comentarios de Cine   Staff   Contacto
 

 

 

 

 

 

Caso Teruel: Claro intento judicial de censura en Salta
Caso Teruel: Claro intento judicial de censura en Salta

Marcelo “Teto” Medina fue internado por un cuadro de depresión

Argentores: fomento para la actividad autoral

Bienal Internacional de Arte Contemporáneo de América del Sur

MAS NOTICIAS

(2/07/19) La jueza de Garantías 7 de la provincia de Salta, María Edith Rodríguez, notificó al Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) que los medios locales y nacionales deberían abstenerse de publicar imágenes del grupo folclórico Los Nocheros y de sus miembros individualmente, en el marco de la cobertura informativa de una causa judicial por la que se encuentra detenido Lautaro Teruel.

Ordenó, además, la eliminación de "todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, links, historiales, sitios, vínculos o motores de búsqueda" vinculados a la causa y que contengan imágenes o el nombre de cualquiera de los integrantes del grupo musical.

Se trata de una resolución mordaza que configura claramente un intento de censura prohibido de manera expresa por nuestra Constitución. Esta interdicción constitucional no implica ausencia de responsabilidad ulterior ante eventuales perjuicios ocasionados por los medios. Pero la eventual defensa del derecho al honor, la intimidad o la imagen no pueden, dentro de nuestro ordenamiento jurídico y en el de la mayoría de las democracias modernas, cercenar la libertad de prensa y de expresión con una restricción que impide la difusión de información e ideas.

Prácticas habituales en casos vinculados al mundo del espectáculo como la notificación de la imposición de "bozales legales" están en línea con la resolución de la jueza Rodríguez.

Nuestro país cuenta con una frondosa jurisprudencia que reafirma la prohibición de la censura previa, nutrida por casos como "Lacroze de Fortabat c/Barone", "Chamatrópulos c/La Gaceta", "Pérez Arriaga c/Arte Gráfico Editorial Argentino SA" o "Servini de Cubría, María Romilda s/amparo". Admitir la potestad de los jueces de decidir qué puede o no publicarse implicaría que estos dejaran de ser tales para transformarse en censores.

Fuente: Prensa ADEPA

 

 

 

 

El contenido de los artículos y de los avisos publicitarios publicados no coincide necesariamente con la opinión del editor
© Copyright 2000-2019 Carlos Esteban Martín - Hecho el depósito que marca la Ley 11723 
Portal miembro de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA)
Todos los derechos reservados