(26/02/2021)
El gobierno
nacional estableció la reapertura de las salas de cine en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires, según dos disposiciones
publicadas en el Boletín Oficial.
Por medio de la Decisión Administrativa 133/2021, se establece el permiso
para los cines de la Ciudad, que deberán funcionar con un aforo del 30
por ciento de la sala.
En tanto, por medio de la Decisión Administrativa 145/2021, se indica que
los cines de la provincia de Buenos Aires podrán abrir con un aforo que "inicialmente
no podrá superar el 50 por ciento por sala".
Ambas normativas están firmadas por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y
la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
En tanto, por medio de la Decisión Administrativa 145/2021, se indica que
los cines de la provincia de Buenos Aires podrán abrir con un aforo que "inicialmente
no podrá superar el 50 por ciento por sala".
No
obstante, el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de
la provincia de Buenos Aires dictó una norma a través de la cual estableció
que, en una primera etapa, que comenzará en marzo, las salas de cine del
distrito podrás reabrir sus puertas con un aforo del 30 por ciento.
De esta forma, tanto los cines porteños como los bonaerenses volverán a
abrir sus puertas con la posibilidad de usar de 3 de cada 10 butacas en las
salas.
En ambas se indica, por ejemplo, que "se deberán revisar y adecuar las
diferentes tareas fundamentales en base a turnos rotativos de trabajo o
cohortes de trabajadores para reducir el intercambio de personas, y
disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de
prevención".
También, se deberá "mantener la distancia interpersonal de al menos 1.5
metros" por lo cual "se deberán configurar la cantidad de butacas libres que
sean necesarias en todas las direcciones".
"Dentro de cada una de las salas de cine la ocupación de butacas contiguas
por grupos de convivientes no podrán ser superiores a seis personas y
estarán conformadas por butacas contiguas", señala.
"No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo",
indica la norma y agrega la necesidad del "uso de tapabocas, no llevarse las
manos a la cara, desinfectar con jabón, detergente y/o alcohol los objetos
que se usan con frecuencia, así como controlar la temperatura de los
trabajadores previo a la entrada al establecimiento, la cual debe ser menor
de 37.5ºC".
En tanto, los empleados "deberán contar con un espacio de guardado de los
efectos personales que no deban ser utilizados necesariamente para la
prestación laboral". "En su defecto deberán mantenerse colgadas y no
apoyadas en el piso", completa la norma.
"Se deberá mantener el ambiente laboral bien ventilado" y "dentro de cada
establecimiento cinematográfico se deberá realizar una marcación sobre el
piso y/o utilizando otros elementos identificatorios a fin de indicar a cada
asistente la debida distancia que debe respetar", establecen las
disposiciones que quedaron oficializadas hoy.
Al
ingresar al complejo, los/as asistentes del público deberán mostrar la
declaración jurada de salud vigente (mediante formulario online, o sistema
equivalente) y se deberá Instalar de forma visible en las áreas públicas
dispensadores de alcohol en gel o solución de alcohol al 70 %.
Asimismo, se deberá Incentivar en el público asistente el uso de medios
digitales de compra y pago tanto para las entradas como para los productos
comestibles a fin de minimizar la manipulación de dinero, y se deberá tener
en cuenta espacios disponibles para la espera y en caso de haber personas
pertenecientes a los grupos de riesgos a la espera de su turno, se les
deberá dar prioridad de ingreso.
Se
permite el servicio gastronómico y de Candy Bar, el cual deberá adecuar su
funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el
desarrollo de su actividad.
En
el caso de que una persona con discapacidad requiere asistencia, se deberá
contemplar y flexibilizar las medidas adoptadas, en la medida de lo posible
y siempre que la actividad lo permita para garantizar su plena participación.
Fuente: TELAM
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