(5/3/2025)
Con el fin de fomentar la
visibilización de obras en el exterior, democratizando el acceso a la oferta
de recursos destinados a la movilidad de espectáculos nacionales exportando
marca argentina, el Instituto Nacional del Teatro está apoyando la
circulación internacional de obras, con aportes que contribuyen a su
realización. La convocatoria prevé
el otorgamiento de aportes destinados a la cobertura parcial de pasajes
aéreos y/o terrestres de Elencos Teatrales Independientes, para la
participación en festivales, encuentros, eventos, exposiciones, muestras,
certámenes, giras y programaciones, a desarrollarse en el exterior del país,
desde el 1o de mayo hasta el 31 de diciembre de 2025.
Los mismos se otorgarán, de acuerdo a los recursos presupuestarios
existentes de acuerdo al orden de mérito general que determine el Jurado
Nacional de Calificación de Proyectos y se ubiquen dentro de los cupos
establecidos por el Consejo de Dirección.
Para postularse a estos beneficios, los elencos deberan
cumplir lo sgte:
● Estar registrado en el Registro Nacional del Teatro Independiente (INTdigital
en
inteatro.ar); si la persona responsable es una Persona Jurídica, la misma
deberá estar registrada
como Entidad/Sociedad. La conformación del elenco debe coincidir con lo
consignado en el
Registro Nacional del Teatro Independiente. En caso de ocurrir una
modificación, deberá
actualizarse el Registro.
● Presentar, en una misma convocatoria, sólo UNA (1) solicitud de aporte
para Circulación
Internacional de obra. A tales fines, se consideran elencos diferentes
cuando no coinciden
ninguno de sus integrantes.
● Haber estrenado la obra y haber realizado un mínimo de DOCE (12) funciones
con
anterioridad a la apertura de la convocatoria.
● No estar inhabilitado por el INT, así como ninguna persona que lo integre.
● No tener pendiente de realización ningún aporte otorgado para circulación
internacional
de obra.
● Todas las personas que integren el elenco deberán tener el cuit habilitado
en TAD
(Trámite a Distancia) mediante el que se notificarán los actos
administrativos que correspondan.
● Contar con copia del Contrato firmado por ambas partes, (compañía y
contratante) o
carta de invitación formal firmada por el contratante.
● Eximir al INT de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de
cualquier otra
trasgresión de la legislación vigente vinculada al derecho de autor.
● Ceder los derechos de imagen a favor del INT de aquel material fotográfico
y
audiovisual que sea provisto. Se deja constancia que dicha cesión no implica
ceder el derecho
de exclusividad.
Mas información:
https://inteatro.ar/convocatorias/circulacion-internacional-2025/
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